Presidencia

La Presidencia de la FECAI será ostentada por semestres naturales, por quienes presidan los Cabildos en el orden previsto en el art. 4 de Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias (El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife), los cuales, igualmente, tendrán cada uno un mandato de igual duración.
La Presidencia tendrá las siguientes atribuciones:
- Representar legalmente a la asociación ante toda clase de Organismos, Autoridades y Entes Públicos o Privados.
- Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea General.
- Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
- Dirigir el funcionamiento de la FECAI y de sus órganos.
- Reconocer y liquidar las obligaciones, así como ordenar pagos, así como ejercer las competencias en materia de contratación, dentro de los límites que la Asamblea acuerde.
- Delegar en la Vicepresidencia sus facultades.
- Adoptar las decisiones que en caso de urgencia sean necesarias, dando cuenta de ellas a la Asamblea en la primera sesión que se celebre.
Actualmente recae en el presidente del Cabildo de Fuerteventura, Antonio Sergio Lloret López.